sábado, 25 de agosto de 2012

Otra vez....otra vez

Otra vez....otra vez

Otra vez mi trabajo se ha visto dificultado por el bloqueo de archivos en Mediafire. Respecto de eso debo decir:

1- El bloqueo es legal. De acuerdo a la ley, las grabaciones son propiedad de las discográficas por 70 años, y nadie puede reproducirlas, comerciar con ellas o distribuirlas, ni siquiera gratuitamente, sin su autorización

Art. 5º bis. — La propiedad intelectual sobre sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas corresponde a los artistas intérpretes por el plazo de SETENTA (70) años contados a partir del 1º de enero del año siguiente al de su publicación. Asimismo, la propiedad intelectual sobre los fonogramas corresponde a los productores de los fonogramas o sus derechohabientes por el plazo de SETENTA (70) años contados a partir del 1º de enero del año siguiente al de su publicación. Los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público.
(Artículo incorporado por art. 1° de la Ley N° 26.570 B.O. 14/12/2009),

Además se amplió el plazo del Art. 5 a los mismo 70 años, de los 50 originales.
La incorporación del 5 bis por ley 26.570 fue impulsada por un proyecto del senador Miguel Picheto (FPV, Rio Negro). Evidentemente el lobby de las disqueras fue muy fuerfte.

De acuerdo a eso y si la productora decidiera no publicarla o editarla, una persona podria nacer y morir sin haber podido comprar esa obra en toda su vida....

Y aquí está la ilegitimidad y el absurdo: apelando a ese derecho, impiden la difusión de obras que no han reeditado y quizás no reediten nunca, y cuando hablamos de obras musicales de las décadas del '60 o '70 (como las que publico aquí) estamos hablando del patrimonio cultural de un pueblo, cuyo interés debiera estar por encima del interés comercial de empresas que ni siquiera se ven perjudicas, porque como no las comercializan, no pierden nada si otro las difunde. Caso muy distinto a la distribución via Internet de material que simultáneamente está a la venta (CDs de reciente lanzamiento, películas que a veces ni siquiera han sido estrenadas, etc).- Esas prácticas son, sí, causantes de pérdidas a la industria. Pero, un disco del "Cara 'i mula"?    

2- Habiendo conseguido una colección importante, que creció aún más con el aporte solidario de muchos amigos, decidí que tenía que ponerla a disposición de la mayor cantidad de gente posible, para ayudar a preservar ese legado antes que se perdiera, ya que nuestra sociedad no ha hecho nada al respecto, como impulsar la creación de una Fonoteca. Empecé este trabajo hace ya 5 años, llegando a publicar más de 2.300 discos.

Para quien no lo ha hecho y no conoce el proceso, consiste en limpiar el vinilo, copiarlo en la PC (obviamente reproduciéndolo en tiempo real), procesar el registro para limpiar el audio de ruidos de púa, zumbidos, etc, guardar los temas uno a uno colocando su nombre, intérprete, album, etc., escanear y restaurar digitalmente las tapas, copiando el texto que pueda ser de interés y la lista de temas, reunir todos los temas en un único archivo .rar, subirlo a Mediafire u otro servidor de almacenamiento, generar la publicación en el blog y agregar el enlace, publicarlo. Cuando se pierde un enlace y hay que resubirlo, esto empieza buscando el disco en el disco, generando otra vez el .rar , etc...etc.....

Claro que este trabajo me ha dado satisfacciones, como la alegría de saber que hay familias que han recuperado grabaciones de un familiar; tal el caso de la hermana de Héctor Bulacio, que me escribió para agradecerme por haber recuperado una de las pocas grabaciones en que el Gringo cantaba como solista, y ella no la tenía; o la hija de Américo Torres, o la nieta de Enrique Etchepare ("Los 4 Argentinos")....o muchos otros que han recuperado ese disco que les gustaba mucho y perdieron o se estropeó.

3- Cuando, en el mes de Marzo, la gestión de la CAPIF hizo que Mediafire bloqueara la cuenta con casi 5000 discos (entre ellos los 2300 publicados) decidí, después de algunos días de parálisis por la bronca, empezar de nuevo, resubiendo lo que me pidieran. Pero ahora, que comenzaron nuevamente a bloquearme archivos (esta vez por gestión de IFPI), el cansancio y la incertidumbre sobre el futuro, y si este trabajo no será nuevamente tiempo desperdiciado, me han desanimado completamente. Claro que contribuye a este desaliento el pensar y darme cuenta que esto es apenas una minucia en un ambiente de disolución social, pérdida de valores generalizados (un gobierno que miente descaradamente hasta las cifras de inflación, todos lo sabemos y lo aceptamos como algo natural, por ejemplo; o cuando el piqueterismo y la prepotencia, algo que vivo en carne propia, son moneda corriente en las relaciones de nuestra sociedad, y un largo etcétera) y realmente no tengo ganas de seguir.

4- Desde acá, tan lejos de donde se cocinan las cosas (léase Buenos Aires) es bien poco lo que puedo hacer para cambiar esto (y me refiero a la imposibilidad de compartir nuestro patrimonio). Por eso mi contribución será este texto, pasándole la posta a quienes, además de estar interesados, tengan a su alcance más medios para hacer algo por el cambio. Especialmente si tienen contactos en el mundo de la política

Y les voy a aportar otro elemento, para que quienes estén más calificados que yo, abogados por ejemplo, me ayuden a interpretarlo. Y es el Art. 6° de la misma ley

Art. 6°. — Los herederos o derechohabientes no podrán oponerse a que terceros reediten las obras del causante cuando dejen transcurrir más de diez años sin disponer su publicación.
Tampoco podrán oponerse los herederos o derechohabientes a que terceros traduzcan las obras del causante después de diez años de su fallecimiento.
En estos casos, si entre el tercero editor y los herederos o derechohabientes no hubiera acuerdo sobre las condiciones de impresión o la retribución pecuniaria, ambas serán fijadas por árbitros..  
  

Podría esto servir para pelear por el derecho a la distribución gratuita, o se limita a los casos en que sean editadas con interés pecuniario?
"Sin disponer su publicación..." se refiere a la primera edición o publicación?
Claro, habría que buscar el mecanismo para verificar que esa obra no fue editada o reeditada en los últimos 10 años....

5- Me pareció adecuado, y lo voy a proponer aquí, lo que resolviera y escribiera el amigo "Fortín" en su blog "http://notasyfobal.blogspot.com.ar"

"Es aquí donde creo que la gente que ha bajado material de algún blog debería de alguna forma devolver el favor . Por estas consideraciones , para este blog , voy a establecer la siguiente política : 1.- No voy a reponer los enlaces caídos por decisiones de los servidores , denuncias o caída de los mismos . 2.- Voy a abrir de nuevo la caja de mensajes que alguna vez eliminé del blog por los constantes mensajes spam que recibía para que los usuarios puedan denunciar los enlaces caídos . 3.- Le solicito a los seguidores del blog que alguna vez bajaron alguno de los archivos que corresponden a los enlaces caídos que los suban a algun servidor . El procedimiento es muy sencillo : se abre una cuenta gratuita en alguno de ellos ....y listo..... 4.- Una vez resubido el material , copian el nuevo link en los comentarios de la entrada correspondiente al archivo . No se si esto puede funcionar o no , pero me parece que es la única forma de que estos blogs puedan de alguna forma seguir actualizandose . Si al trabajo ( en funcion al tiempo que uno gasta ) de digitalizar los lps , armar las entradas , escribir las semblanzas de cada entrada , le agregamos la de repostear los links caídos , por lo menos para mi , algo que uno lo hace por placer , le termina resultando demasiado pesado" .

Por supuesto, nos referimos a resubir exactamente el mismo material tal y como se descargó del blog, tomando la carpeta y comprimiéndola con WinRar o WinZip para después subirla a un servidor; y Mediafire sigue siendo la mejor opción, por varias razones.

6- Varias veces me han sugerido usar Torrent. Es un servicio P2P, es decir, los archiovos se copian de otra u otras PCs. En el momento actual yo no voy a abrir mi PC al mundo, con una IP fácilmente rastreable. Si alguien quiere hacerlo así, pues adelante....y agrega el enlace en los Comentarios.

7- Y vuelvo a copiar a "Fortín":

"Lo mas estúpido de la actitud de esta gente que supuestamente "cuida" los derechos intelectuales de los artistas , a los que por otro lado desprecia , les paga dos mangos o directamente les cobra por publicar su mùsica ( o vetan leyes para asegurar pensiones a músicos mayores de 65 años ......)"

E insisto, no estamos hablando simplemente de música (lo cual no es poco) sino de preservar un patrimonio cultural, sin tener que poner un peso, que del trabajo nos encargamos nosotros.....


2 comentarios:

jimmycerf dijo...

¡Mil gracias por todo tu esfuerzo!

Anónimo dijo...

Compañero:

Gracias a este blog he "descubierto" a don Alberto Merlo y a Argentino Luna. Estoy emocionado por tanta poesía que estuve perdiendo! Doy mi firma y mi apoyo a cualquier pedido para que este patrimonio cultural siga al alcance de su pueblo.

Gracias amigo!!

Luis Oscar "Tate" Diez